La concesión de expendedurías se adjudicará previa convocatoria de concurso sobre bases no discriminatorias, objetivas y transparentes, basadas principalmente en criterios comerciales, de rentabilidad, de servicio público, de sanidad, de distancias entre expendedurías y de población, por el Ministerio de Economía y Hacienda, al que corresponderá, en su caso, su revocación, previo informe en ambos supuestos del Comisionado para el Mercado de Tabacos (Artículo 4.4 Ley 13/1998).